Esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha 8 de diciembre de 2004, por el Abogado Ranier González, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO TRUIJILLO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, que declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana MAYDEE DEL PILAR AÑEZ OVIEDO, debidamente asistida por el Abogado Miguel Sequera Adriani. 2. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la Procuraduría General del Estado Trujillo. 3. REVOCA el fallo dictado por el referido Juzgado. 4. SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.