Vista la presente SOLICITUD Nº 203-2018 de TITULO SUPLETORIO promovida por la Ciudadana ORLISMAR BETANIA MONASTERIOS MEDINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº. 26.565.847, domiciliada en la Calle Ricauter, Sector "La Planta", Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio NANCYS ZEA TORRES, titular de la Cedula de Identidad Personal N°. 3.833.299, inscrita en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO bajo el N°. 155.787, con DOMICILIO PROCESAL en la Calle Municipal entre Calles San Rafael y San Antonio, Sector La Planta, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Por cuanto se observa que la última actuación es el día VEINTISIETE (27) DE JUNIO DE 2018 y hasta la presente fecha ha transcurrido un lapso de tiempo prudencial sin que la solicitante de impulso, ni demuestre interés en ella, este Tribunal DECLARA TERMINDA la anterior SOLICITUD y remítase al A.....