En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ GUTIÉRREZ ARIAS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MARÍA ESTEVES, mediante diligencia de fecha 21 de mayo de 2015.
SEGUNDO: Se ANULA de oficio el auto dictado en fecha 13 de mayo de 2015, emitido por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Zamora y Tocópero de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en el cual acordó el levantamiento del embargo del bien mueble constituido por un Vehículo Marca: CHEVROLET, Modelo: MALIBÚ, Placas: ACR-314, Tipo: SEDAN, Uso; PARTICULAR, Serial de Carrocería: 1T19MJV103448, Serial de Motor; MJV103448, Color: AZUL, Modelo: Año 1979,.....