Confirma las Medidas de Protección decretadas por el órgano receptor de la denuncia, específicamente las previstas en el artículo 87, ordinales 1º, 5°, 6° y 13, de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en tal sentido se le prohíbe y se le restringe al imputado el acercamiento a la víctima, con la prohibición expresa de acercarse al lugar de estudio y de residencia de la misma; se le prohíbe al imputado por sí mismo o por terceras personas realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la víctima o algún integrante de la familia. Asimismo se acuerda La Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad, solicitada por la Fiscal, en contra del GERMAN JOSE ARCIA, Venezolano, de 22 años de edad, natural de Carúpano Municipio Bermúdez Estado Sucre, nacido en fecha: 27-03-85, de oficio Obrero en Construcción, estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad N° V-18.916.441, hijo de: Petra Arcia y Pedro Pablo Millán residenciado en: Comunidad de.....