Esta Corte declaró Su INCOMPETENCIA para conocer para conocer la presente causa; DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y en consecuencia, ORDENA la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Estado Aragua, a los fines de su distribución al Juzgado Superior que corresponda, para que decida la apelación interpuesta contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 15 de marzo del 2000.