Este Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria. 2.- Se REVOCA PARCIALMENTE por contario imperio la decisión Nº 2023-646 del 1º de agosto de 2023, de conformidad con lo previsto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, solo en lo referente a la declaratoria de prejudicialidad y la necesidad de esperar los pronunciamientos atinentes a la apelación del tercero y amparo sobre venido incoado por dicha representación judicial; no obstante, se abstiene de librar mandamiento de ejecución ordenando por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante decisión Nº 0594 de fecha 30 de mayo del año en curso hasta tanto la referida Sala emita pronunciamiento sobre la aclaratoria solicitada por el tercero interesado.