Esta Corte declaró: 1. SU COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por la Procuradora General (E) del Estado Trujillo, contra el auto dictado en fecha 17 de abril de 2008, por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL; 2.- ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta; 3.- PROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada; 4.- SE ORDENA la notificación del mencionado Juez Superior, para que esta Corte fije la oportunidad en que ha de efectuarse la audiencia oral; 5.- SE ORDENA igualmente al mencionado Juzgado Superior notificar a la ciudadana MARÍA TRINIDAD RAMÍREZ DE EGAÑEZ, en su carácter de parte querellante en el recurso contencioso administrativo de nulidad, del inicio del presente proceso; 6.- SE ORDENA la notificación del representante del Ministerio Público del inicio del presente procedimiento. 04