Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, Este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de la Representación Fiscal y se decreta al ciudadano: PEDRO PASCUAL BURGOS HERNADEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.423.974, fecha de nacimiento, 04/(06/1970, profesión u oficio Obrero, Natural del Estado Falcón, residenciado en barrio raul leoni, calle N°78, casa c-119; Municipio Maracaibo estado Zulia, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo la ley contra el contrabando, la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad prevista y sancionada en el artículos 242 numerales 3 consistente en presentación cada 30 días por ante el.....