En consecuencia, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal, extensión Punto del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Reformado el Cómputo de pena, dictada en contra del penado RAMON DEL CARMEN TAPIA SEPULVEDA, venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 12/04/1991, de 18 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-25.009.063, de estado civil Soltero, profesión u oficio estudiante, hijo de Otto Rafael Tapia y Doris Sepulveda, y residenciado en Creolandia, calle Libertador, casa S/N de color Morada, a 5 casas en la esquina queda un abasto que se llama Cielo Cap, teléfono: 0416-4601698. Condenado a Cumplir una pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRAOS DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano, igualmente condenado a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código P.....