Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, del asunto instruido contra en contra de los ciudadanos CESIDIO DEL CORVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.189.022, en su carácter de Director Suplente de la empresa Compañía Industria de Productos Asfálticos (IPA), y NICOLINA RICCIARDELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.189.494, en su carácter de Vice- Presidente de la empresa Ricciardelli Transportaciones C.A, por la presunta comisión del delito de Uso, Manejo, Generación de Sustancias, Materiales o Desechos Peligrosos, tipificado y sancionado en el artículo 78 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos, en perjuicio de la Colectividad, y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad.....