En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano SMITH MATA RAFAEL ENRIQUE, identificado con cédula de identidad Nro. V.14.769.776, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 10/10/1981, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario de la Policía Municipal del Municipio Vargas, hijo de Rafael Smith (v) y de Zenaida de Smith (v), con residencia en: Corapal, casa Nº 15-10, subida Corapal, Parroquia Caraballeda, estado Vargas, por cumplimiento de la pena CUATRO (4) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISION por la comisión de los delitos de CONCUSION y PECULADO, previstos y sancionados en los artículos 60 y 54 de la Ley Contra la Corrupción.