este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de junio de 2018, por la representante judicial de la parte recurrida, contra la sentencia dictada en fecha 26 de abril de 2018, por el Juzgado Superior Estadal Octavo Contencioso Administrativo de la Región Capital, la cual declaró con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto la ciudadana TANIA THAIS GARCÍA MEZA (antes identificada), contra el INSTITUTO AUTÓNOMO POLICÍA DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA (IAPMG). 2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. 3.- PROCEDENTE entrar a conocer en Consulta.
4. Se REVOCA PARCIALMENTE, el fallo apelado, en lo referente a la condenatoria en costas contra el Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. En consecuencia NO HAY CONDENATORIA en costas en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial. 5.- Se CONFIRMA PA.....