Se dictó auto mediante el cual se estimó que resultaba tempestivo el recurso de apelación ejercido, razón por la cual, se admite. En este sentido, dado que la presente apelación comprende cuestiones que se relacionan con presuntas vulneraciones del derecho a la defensa y al debido proceso, este Órgano Jurisdiccional estima pertinente oír en ambos efectos el recurso de apelación ejercido, razón por la cual, se ordena la remisión del expediente al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital a los fines legales consiguientes.