Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por autoridad de la ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil venezolano. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Reconocimiento de Documento Privado del Documento Testamento Abierto, intentada por el ciudadano RAFAEL ALEJANDRO GONZALEZ MANZANO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-19.928.853, asistido por el abogado en ejercicio Wilman Castro Mocizo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.729, en contra de los ciudadanos NARKIS ELENA MANZANO GRATEROL (firmante a ruego), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.289.660,.....