Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el imputado Richard Bartolo Villalba, Venezolano, mayor de edad, de 30 años de edad, nacido en fecha 24-08-75, Titular de la cédula de Identidad N° 14.612.888, domiciliado en Irapa, calle Pichincha, casa S/N, Municipio Mariño, de profesión u oficio Pescador, hijo de Victoriano Betancourt y de Inés María Villalba; en virtud de encontrarlo incurso en la comisión de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, debiéndose presentar cada Quince (15) días por un lapso de seis (06) meses, por ante la Comandancia de Policía del Municipio Mariño (Irapa), todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.