Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 6 de septiembre de 2021, por la abogada María Peña, antes identificada, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano NOLBERTO MANUEL SALAS CEDEÑO, contra la sentencia dictada en fecha 1º de septiembre de 2021, por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con Competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, mediante la cual declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por el referido ciudadano contra la ALCALDÍA DEL MUNIPIO SAN DIEGO y el REGISTRO PÚBLICO DE LOS MUNICIPIOS SAN DIEGO Y NAGUANAGUA DEL ESTADO CARABOBO. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido. 3.- CONFIRMA la sentencia apelada.