Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al imputado Amin Rafael Ahomad Tovar, venezolano, de 23 años de edad, nacido en Carúpano, Estado Sucre, en fecha 16-04-1984, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.300.314, de profesión indefinida, hijo de Amin Ahomad Torres y Carmen Teresa Tovar Plaza , domiciliado en Calle Libertad s/n, frente motores importados, por la bajadita del final de calle libertad frente a la venta de pollos. Por estar incurso en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3, 4 y 6 del Código Penal Vigente en perjuicio de la ciudadana Beatriz del Valle León Acosta. Líbrese boleta de Privación Judicial Preventiva de libertad y junto con oficio remítase al Director del Internado Judicial de esta ciudad, haciendo la salvedad que en virtud de que el imputado corre peligro en el Internado, con debida in.....