Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra el ciudadano Douglas Jesús Natera, Venezolano, de 23 años de edad, soltero, obrero, indocumentado, nacido el 07-09-81, hijo de María Alvarez y Gilberto Natera, residenciado en el barrio Altamira, parte alta del cerro, casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de sustancias estupefacientes previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Librense las notificaciones respectivas.