este Tribunal acoge la solicitud fiscal en cuanto a imponer la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, con fundamento en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad en contra del ciudadano: WILMAN JOSÉ SUÁREZ HERNÁNDEZ, venezolano, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.635.910, de estado civil soltero, nacido en fecha 06-03-1962, Cariaco, Estado Sucre en fecha 29/04/1978, hijo de Aurora Alcalá y Antonio Díaz, residenciado en Araya, Sector Plaza Bolivar, detrás de la Bomba, sin número, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de: POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio.....