este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal. SEGUNDO: SE ORDENA JUDICIALMENTE LA ENTRADA y REGISTRO, conforme a los artículos 196 y 197 del Código Orgánico Procesal Penal, de Un inmueble constituido por: Una residencia Tipo vivienda; Ubicada en la urbanización Los Caobos, Calle Numero 01, Casa Numero 30 a dos cuadras del Grupo Escolar Matarile, donde reside un ciudadano de Nombre OXADILES SIMON ANDARA, comisionándose para ejecutar la misma a funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, con sede en Coro, quienes podrán apoyarse con semovientes caninos Antidrogas de dicho Organismo de Seguridad, para su práctica, quienes estarán obligados a cumplir con las formalidades establecidas en los artículos 196 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal, y deberán respetar los derechos humanos de las personas que se encuentren en el inmueble al mo.....