Decisiones del dia 23/03/2023
N° Expediente :
2020-050
N° Sentencia :
2023-000176
Fecha: 23/03/2023
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
Partes: SANDRA MOLLEGAS PUERTA CONTRA LA JUNTA DE LIQUIDACIÓN DEL NIVEL METROPOLITANO DE CARACAS.
Resumen:
Este Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer la consulta de ley, de la sentencia proferida por el Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital de fecha 27 de junio de 2019, que declaró Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana SANDRA MOLLEGAS PUERTA, titular de la cédula de identidad N° 8.885.157, debidamente asistida por el abogado Randolpt Mollegas Puerta, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.301, contra el acto administrativo identificado con el N° 0318-055, de fecha 14-02-2018 emanado de la JUNTA DE LIQUIDACIÓN DEL NIVEL METROPOLITANO DE CARACAS; 2.- PROCEDENTE la Consulta de Ley, sobre la decisión dictada por el Juzgado Superior Estadal Primero C.....
Juez/Ponente:
Danny Josefina Segura
Organo:
Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital
N° Expediente :
AP42-R-2015-000778
N° Sentencia :
2023-000167
Fecha: 23/03/2023
Procedimiento: Recurso De Hecho
Partes: HÉCTOR ARGENIS CUMANA GONZÁLEZ, CONTRA EL AUTO DICTADO EN FECHA 15 DE JUNIO DE 2015, MEDIANTE EL CUAL EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN NOR-ORIENTAL
Resumen:
Este Juzgado Nacional Segundo dictó decisión mediante la cual: CORRIGE de Oficio la sentencia N° 2015-001063 dictada por este Órgano Jurisdiccional el 18 de noviembre de 2015, toda vez que, donde se lee: "(...) Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado (...)", debe leerse del modo siguiente: "(...) Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión. Remítase el presente expediente al Tribunal de origen, a los fines legales consiguientes (...)". En tal sentido, se deja expresamente entendido que la presente subsanación forma parte integrante de la sentencia dictada por la otrora Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, actualmente Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, el 18 de noviembre de 2015. Así se establece.
Juez/Ponente:
Blanca Elena Andolfatto Correa
Organo:
Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital