Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal. SEGUNDO: Impone al ciudadano ALEXIS JOSUE THEIS MARTINEZ, portador de la cédula de identidad personal número V. ¿17.630.866, de 19 años de edad, venezolano, soltero, sin oficio, nacido el 27-02-1988, en Coro estado Falcón, 3° año como grado de instrucción, domiciliado Parcelamiento Cruz Verde, casa S/N, por la Escuela Simón Rodríguez, Calle Luis Espelosin, Cerca de la Bodega Mi Flaquin, hijo (a) de Alexis Theis y Iris Martínez; por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en los artículo 5 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículo, en perjuicio del ciudadano PEDRO MIGUEL ROMERO REYES, MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del .....