En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto abogado Mirco Lerma, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BEATRIZ SILVANA CANELÓN GARCÍA, mediante diligencia de fecha 16 de octubre de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 9 de octubre de 2017, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, mediante la cual declaró la INADMISIBILIDAD de las pruebas promovidas por ambas partes por haber sido presentadas de forma extemporáneas por tardías, en la causa de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana BEATRIZ SILVANA CANELÓN GARCÍA, co.....