La Corte declaró QUE ES COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta contra la decisión que declaró la "perención de la instancia", el recurso contencioso administrativo funcionarial; declara CON LUGAR la apelación interpuesta; REVOCA el fallo apelado y, ORDENA la continuación del procedimiento de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública, en consecuencia remítase el expediente a la brevedad posible al Juzgado a quo. J.A.