´´PRIMERO: PERENCION DE LA INSTANCIA, en la acción interpuesta por PETRA JOSEFINA GUTIERREZ MALAVE, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.426.269, debidamente asistida por el abogado en ejercicio PABLO SANTIAGO GOMEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. 8.477.401, e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 298.716, contra los ciudadanos CARLOS JOSE MARIN GUTIERREZ, EHILIN DEL VALLE MARIN GUTIERREZ, GREGORI JOSE MARIN GUTIERREZ, y PATRICIA JOSE MARIN GUTIERREZ, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.360.983, V-15.360.982, V-18.416.949 y V-18.775.563, respectivamente, domiciliados en la Urbanización La Llanada, Sector 4, Calle 05, Casa N° 06, ciudad de Cumaná, Municipio Sucre, estado Sucre y a los HEREDEROS DESCONOCIDOS del ciudadano CARLOS ENRIQUE MARIN VALERA, en consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.´´