En nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones, para asegurarle a la ciudadana NAYARITH ELENNYS CORDERO LOPEZ, antes identificada, para levantar TITULO SUPLETORIO sobre el inmueble (casa), sus Derechos de Propiedad, construida sobre la superficie del terreno antes descrito, las cuales presenta las siguientes características: paredes de bloques, pisos de cemento, techada con platabanda y zinc, compuesta de Una (1) Sala de recibo, Un (1) Comedor, Una (1) Cocina con mesones de cerámica, dos (02) Cuartos, Un (1) Baño revestido con cerámica, Un (1) Porche. El terreno y las bienhechurias (casa), antes mencionada, tiene los siguientes linderos: NORTE: terreno de Yorbelis Mavares SUR: casa de María López ESTE: calle Parque Ferial OESTE: casa de Radamel Quero. Siendo el costo total de la casa por la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00). Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas.....