En fecha veintisiete (27) de septiembre de 2022, este Juzgado de Sustanciación, dictó sentencia mediante el cual declaró: 1- ADMITIÓ la demanda nulidad; 2-ORDENÓ notificar al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la CORPORACIÓN VENEZOLANA DE COMERCIO EXTERIOR, S.A. (CORPOVEX) y al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, (...); INSTÓ a la parte demandante consignar los fotostatos requeridos para notificar al Procurador General de la República y al Fiscal General de la República; 4- ORDENÓ solicitar el expediente administrativo (...), a la CORPORACIÓN VENEZOLANA DE COMERCIO EXTERIOR, S.A. (CORPOVEX). 5- ORDENÓ remitir el expediente al JUZGADO NACIONAL PRIMERO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO REGIÓN CAPITAL, una vez consten en autos las resultas de las notificaciones libradas, (...). En esta misma fecha se libraron los oficios dirigidos a la FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la CORPORACIÓN VENEZOLANA DE COMERCIO EXTERIOR, S.A. (CORPOVEX) y al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA