En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para la IMPUTADOS LUIS JOSE CUEVA RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.221.068, residenciado en la urbanización El Toreón, edificio 02, piso 03 apto 3-35, Caracas Distrito Capital y MAIROLY JOSEFINA CUEVA RONDON venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.314.122, residenciado en la urbanización Casarapa, parcela 10, edificio 02, piso 03, apto 31, Caracas Distrito Capital, por el delito precalificado por esta Fiscalía de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal Venezolano en perjuicio del menor, MOISÉS LARA, fundamentándose esta decisión en que esta demostrado la existencia de un hecho punible cometido pero, sin embargo,.....