Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoado por el ciudadano: MILTON FELCE SALCEDO, con domiciliado procesal en la Calle Guanta, Centro Comercial " MELISSA MAR", Nivel Planta Baja, Oficina N° P-13,Jurisdiccion de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, portador de la cedula de identidad personal N° V- 4.186.149, e inscrito me en el INPREABOGADO con el N° 21.083,actuando en mi propio nombre y representación, en contra el ciudadano: HECTOR RAMON CABELLO GUERRA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Urbanización Los Cocalitos, Casa N° 238, Marigüitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, p.....