Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Impone Medida Cautelar sustitutiva de libertad prevista en el articulo 256 numeral 9° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos DAYSI ELIAYS LUGO HERNAN, no porta documentación personal, venezolano, nacido en fecha 10/12/1988, de 20 años de edad, cédula de identidad No. 19.946.597, estado civil soltera, grado de instrucción Bachiller, de Oficio Estudiante, hijo de Emilio Lugo y Daysi de Lugo, domiciliado en Barrio Industrial entre Calles Perú y Callejón Peninsular, casa s/n de color turquesa, teléfono: 0269-5119152. Y al ciudadano EDUIN ARGENIS MENDEZ REYES, no porta documentación personal, venezolano, nacido en fecha 13/01/1983, de 26 años de edad, cédula de identidad No. 15.593.046, estado civil soltero,.....