Sobre la base de las consideraciones expuestas, el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal primero del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se DECLARA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE PRESENTACIONES PERIÓDICAS, impuesta al ciudadano ALBERTO SIMÓN LÓPEZ RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.445.326, 28 años de edad, nacido en fecha 06/10/1.981, de estado civil soltero, de profesión u oficio moto taxista, hijo de Ceferina del Carmen López Rivero y residenciado en Urb. Brasil Sur, Sector Santa Ana, Casa Nº 76 (el escalafón a la sexta calle), Cumaná, Estado Sucre y/o Urb. Brasil, Sector 1, Vda. 64, Casa Nº 36 (farmacia vieja), Cumaná, Estado Sucre, Teléfono 04149992221, contra qui.....