DECRETA medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad al ciudadano PEDRO JOSÉ AMAYA GUEVARA,... en la causa que se le sigue por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego y de Municiones, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal en relación con los artículo 3 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, consistentes en presentaciones cada ocho días por ante la unidad de alguacilazgo y prohibición de salida del territorio del Estado Sucre.