Por las consideraciones antes expuestas el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sobre la base del artículo 86 de la Ley Orgánica del Ministerio Público en concordancia con la normativa del Capítulo I del Titulo VII de la misma Ley; a favor del testigo ciudadano Daniel José Barreto Díaz,...ACUERDA MEDIDA DE PROTECCIÓN AL TESTIGO, consistente en Recorridos Policiales Constantes y Visitas Periódicas por el domicilio del testigo, a cargo de funcionarios adscritos al Destacamento N° 78 de la Guardia Nacional; a objeto de protegerle sobre posibles atentados y de evitar que siga siendo objeto de amenazas por parte de imputados en la causa que sigue la Fiscalía Octava del Ministerio Público de este Circuito Judicial, por uno de los delitos contra las personas (Homicidio), en perjuicio de Darwin Rafael Rodríguez Ballenilla y con ello garantizar las finalidades del proceso.