este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite PARCIALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL presentada por la fiscalía Segunda del Ministerio Público en contra del imputado ROBERT JOSÉ ZAPATA SALAZAR, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.663.880, nacido en fecha 08/04/1973, de 32 años de edad, soltero, de profesión u oficio electricista, hijo de Georgina del Valle Salazar, residenciado en caserío La Peña, Sector Palo Sano, casa N° 13, Municipio Mejías del Estado Sucre, perjuicio de la victima OSNAIBIN RAFAEL RIVAS FARFAN. SEGUNDO: En cuanto al delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, no se encuentra acreditado ningún elemento que fundamente la acusación por este delito. Así mismo, se declara sin lugar las excepciones opuestas por la defensa. TERCERO: Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por el Fiscal Segunda del Ministerio Público y la defensa a.....