Sobre la base de las consideraciones que preceden, el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA POR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS regulado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal a cumplir la PENA DE OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, MÁS LAS ACCESORIAS DE LEY, y al pago de las costas procesales, al ciudadano OSCAR ALEXANDER MOTA SUAREZ, venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.065.528, nacido en fecha 27/12/1987, de profesión u oficio peluquero, residenciado en la Casa Sin Nº, Calle Las Delicias, detrás de la Diex, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la colectividad; pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en fecha 14 de septiembre de.....