Este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar, la solicitud de sobreseimiento de la causa formulado por el imputado EDWIN JOSÉ CABEZA RUIZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.632.383 , de 25 años de edad, nacido en fecha 11-12-79 , de ocupación desempleado, soy bachiller, residenciado en Maturín, calle Junín Sur, N° 159, Estado Monagas, hijo de la Pedro Cabeza Y Gladis Ruiz, pero a su vez se DECRETA EL CESE de la medida cautelar de presentación periódica, decretada por este Tribunal en fecha 02 de octubre de 2004, por lo que a partir de la presente fecha, el mencionado imputado ya no tendrá obligación de presentarse ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial.