Sobre la base de lo expuesto y al amparo de dichas disposiciones este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, se exime de enviar la notificación correspondiente a la Dirección de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y declara CON LUGAR la solicitud fiscal; en causa seguida al ciudadano JOSE GREGORIO VARGAS ROJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad número 10.954.988, de 44 años de edad, nacido en fecha diecinueve (19) de febrero de 1968, de estado civil soltero, de profesión y oficio obrero, residenciado en las casitas del Peñón, casa sin número de esta ciudad, frente al Bar Las Mercedes, hijo de los ciudadanos Jesús Vargas y Margarita Rojas; por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 e de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad. En consecuencia se ordena la emisión de la autorización cor.....