Dadas las consideraciones que preceden, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada en fecha 29/06/2008, Seguida a los ciudadanos LUIS MANUEL VERAZA, titular de la cédula de identidad N° 13.378.293 y JOSÉ DEL VALLE FARIÑAS, titular de la cédula de identidad N° 8.449.124, por el delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, previstas y sancionadas en el articulo 420 numeral 1° en relación con el artículo 413 ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos; donde figuran como víctimas los ciudadanos LUIS MANUEL VERAZA, titular de la cédula de identidad N° 13.378.293, JOSÉ DEL VALLE FARIÑAS, titular de la cédula de identidad N° 8.449.124, RAUL VIERA, titular de la cédula de identidad N° 9.055.891, ROSIBEL ZAP.....