CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25 de mayo de 2015, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano RONALD JOSÉ ARIAS GONZÁLEZ, identificado con cédula de identidad N° V-18.756.441, considerando esta Alzada que la calificación jurídica que se adecua a los hechos es la del delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal y no en la del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con los artículos 80 y 82, todos del Código Penal, como lo precalificó el Ministerio Público y lo acogió el Juez de Control, modificando así dicha decisión solo en lo que respecta a la calificación jurídica del primer delito imputado, y manteniendo el delito de USO DE FACSÍMIL DE ARMA DE FUEGO,.....