Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho José Navarro Adeyán, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS LUIS GARCÍA BRICEÑO, contra la sentencia dictada por el Tribunal Sexto Unipersonal de Juicio Circunscripcional, de fecha 25 de julio de 2005, mediante la cual declaró desistida la acusación privada y decretó el Sobreseimiento de la Causa seguida a los ciudadanos RODOLFO GONZALEZ, CECILIA GONZALEZ y OCTAVIO CASTRO, por la comisión de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados en los artículos 444, in fine y 446 del Código Penal, al no considerarse abandonada la acusación privada conforme lo establecido en el tercer aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se REVOCA la decisión impugnada y se ordena la reposición de la causa al estado de que se considere la admisibilidad o no de la acción intentada a instancia de parte.