ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Privada, Abogada MAGALI BOZO, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Noviembre de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, en relación con los numerales 1, 2, 3 y parágrafo primero del artículo 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado WILLIAM JOSE TORTOZA titular de la cédula de identidad Nº 6.482.137, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE, conforme las previsiones del artículo 447 literal b del texto adjetivo penal, el escrito presentado por la Recur.....