Acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio Circunscripcional de fecha 26 de octubre de 2004, mediante la cual condenó al ciudadano JESUS ALBERTO RIVAS PEREZ a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO y, en su lugar se rebaja la misma a DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal vigente, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente.