Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del Derecho Dra. YELITZA MERCEDES BRITO en su carácter de Fiscal Auxiliar Interino Séptimo del Ministerio Público del estado Vargas, en contra de los adolescentes JUNIOR ADONAY DIAZ VILLALOBOS, JEISON JOSE SOTO HERNANDEZ Y ABRAHAM MOISES ALCALA CEDEÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-27.859.331, V-30.370.178 y V-29.777.606, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en fecha 26 de Abril de.....