1.- Declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado José Alicandú, en su carácter de defensor de los imputados ALVARO ARTURO RAMOS GRIMAN, HUMBERTO JOSE DIAZ PIMENTEL y DIXON OMAR MOLINA MEDINA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Control Circunscripcional, en fecha 06JUL2005, en la que les impuso las Medidas Cautelares Sustitutivas previstas en los ordinales 3°, 8° y 9° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 436 ejusdem. 2.- Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Christian Quijada, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Control Circunscripcional, en fecha 06JUL2005, en la que les impuso a los ciudadanos ALVARO ARTURO RAMOS GRIMAN, HUMBERTO JOSE DIAZ PIMENTEL, DIXON OMAR MOLINA MEDINA, YERMYN ELIAS BAPTISTA MARRERO y JESUS ANTONIO GUERRA BARRETO, las Med.....