DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ROOMER ROJAS LA SALVIA, en contra de la sentencia condenatoria dictada en fecha 11 de abril del año 2005 por el Juzgado Cuarto de Juicio Circunscripcional mediante la cual acordó condenar al acusado MANUEL ALEXANDER CACERES ESCULPI, quién es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, con fecha de nacimiento 18 de mayo de 1982, residenciado en Los Dos Cerritos, parte alta, La Bloquera, casa sin número, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nro. 16.725.757, a cumplir la pena de DIECISEIS AÑOS Y CUATRO MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277, ambos del Código Penal vigente, respectivamente, ello por considerar que no están dadas las circunstancias denunciadas en los ordinales 1°, 2° y 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se CONFIRMA el fallo apelado.....