Declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Gabriel Osorio Tamayo, actuando en su carácter de defensor de la ciudadana MARIA NATIVIDAD VILORIA, contra el auto dictado por Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 26 de noviembre de 2004, mediante la cual declaró Sin Lugar la solicitud interpuesta, en el sentido de que se le otorgara una medida cautelar menos gravosa a su defendida, de conformidad con lo establecido en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 437, literal ¿b¿ y 448 ejusdem.