Por todos los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada en fecha 19 de julio de 2022, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano VICTOR ALFREDO PINTO RIVERO, titular de la cedula de identidad N° V- 15.098.329, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL A TITULO DE DOLO EVENTUAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal y OMISION AL SOCORRO, previsto y sancionado en el artículo 484 del Código Penal.
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa.
Publíquese, regístrese.