esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Douglas José Marcano, actuando en su carácter de defensor del ciudadano VLADIMIR MICHEL JIMENEZ LAGOS, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función Cuarto de Control Circunscripcional, de fecha 21 de noviembre de 2005, mediante la cual decretó al mencionado imputado la privación judicial preventiva de libertad, todo ello por encontrarse satisfechos los extremos exigidos en el artículo 250 en sus numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal.