ADMITE el recurso de apelación interpuesto en primer término por el Defensor Público, Abogado EDUARDO PERDOMO DELGADO, en representación del imputado SIMÓN EMILIO RAMOS OROPEZA, y en segundo término por la Representante del Ministerio Público Dra. MILAGROS GOITIA, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de Junio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le impuso al ciudadano ut supra, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 numerales 3° y 8° en concordancia con el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal por encontrarse llenos sus extremos, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS, previstos y sancionados en el artículo 409 y 420 del Código Penal.