DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ABG. MARIO VASQUEZ, en su carácter de Defensor Público Sexto (06°) Penal Ordinario de los ciudadanos JIRETH YOSELIN CUAMO, titular de la cédula de identidad Nº V-28.167.083 y HECTOR DANIEL AGUILAR MATA, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.196.083, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de abril de 2022, mediante la cual decretó LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en cont.....